El próximo 1 de julio se considera un día no laborable. Lo anterior, de acuerdo con los artículos 74 y 75 de la Ley Federal del Trabajo, así como con el artículo 22 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, que establecen lo siguiente: LEY FEDERAL DEL TRABAJO. Artículo 74. Son días inhábiles:…