Estimados Clientes y Amigos,

Con el objeto de homologar las disposiciones normativas que regulan el trámite de canje de documentos migratorios para obtener la residencia temporal o permanente en México, la Secretaría de Gobernación publicó el Acuerdo por el que se reforma el artículo 32 de los Lineamientos para trámites y procedimientos migratorios (“Acuerdo”).

Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre pasado, el Acuerdo prevé la incorporación en dichos Lineamientos de algunas hipótesis relativas a la vigencia de tarjetas de residencia en el país previstas en la Ley de Migración y su Reglamento, las cuales no estaban incluidas específicamente dentro de los mismos.

A la fecha, los supuestos establecidos para el trámite de residencia permanente y temporal son los siguientes:

1. Mayores de 18 años

Las tarjetas de residencia permanente tendrán una vigencia indefinida.

2. Menores de edad

Se contemplan dos situaciones:

a. Para menores de 3 años, las tarjetas de residente permanente tendrán una vigencia de 1 año, contado a partir de su ingreso en México.

En este caso, deberán de renovar dicho documento migratorio cada año hasta cumplir los 3 años de edad. A partir de ese momento, deberán renovarlo cada 4 años hasta cumplir los 18 años.

2. Para niños y jóvenes mayores de 3 años y menores de 18, deberán renovar su tarjeta de residencia permanente cada 4 años, contados a partir de su ingreso en el país.

Una vez que cumplan 18 años, y concluido el trámite respectivo, las tarjetas de residencia permanente tendrán vigencia indefinida.

3. Residentes temporales, residentes temporales estudiantes y visitantes con fines de adopción

Las tarjetas de residencia temporal tendrán una vigencia de 1 año contado a partir del ingreso en México

4. Residentes temporales con permiso para trabajar

Se expedirá por 2, 3 o 4 años, según se indique en la oferta de empleo y en los instrumentos o acuerdos internacionales o interinstitucionales suscritos por la Secretaría de Relaciones Exteriores.

En virtud del Acuerdo, que entró en vigor el 31 de diciembre pasado, los Lineamientos ya fueron modificados a fin de incluir la totalidad de las hipótesis anteriores, a fin de otorgar mayor certeza y seguridad jurídica a los interesados.

Migratoria / Immigration

Pablo De Rosenzweig
[email protected]
René Alva
[email protected]
Juan Carlos Partida
[email protected]

CategoryAlertas legales