Estimados clientes y amigos,

El 1 de julio de 2020, el Gobierno Mexicano publicó en el Diario Oficial de la Federación la nueva “LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN A LA PROPIEDAD INDUSTRIAL”, que entrará en vigor a los 90 días hábiles contados a partir de su publicación (5 de noviembre de 2020).

Esta nueva, moderna e innovadora Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial (LFPPI) es producto fundamentalmente de cuatro factores a considerar: (i) la necesidad de adaptar el sistema mexicano a las nuevas tecnologías y avances que ofrece el comercio mundial actual (la actual Ley de la Propiedad Industrial data de 1991 y ha sufrido más de 20 reformas y adiciones, lo que la vuelve obsoleta y compleja); (ii) la Firma Acuerdo Transpacífico de Cooperación Económica (también conocido como TPP o TIPAT) al cual pertenecen además de México y Canadá, 10 estados de Asia y América Latina; (iii) la renegociación y modernización del Tratado de Libre Comercio México-Unión Europea (TLCMUE, que entrará en vigor en el mes de septiembre de 2020); y, (iv) el Tratado Comercial México, Estados Unidos, Canadá (TMEC, en vigor desde el día 20 de junio de 2020).

Las legislaciones de todos los estados (46 en total) con los que México tiene acuerdos comerciales obligan a nuestro país a modernizar su sistema de Propiedad Intelectual, lo que ha propiciado que se tenga que expedir esta LFPPI.

Los cambios en la LFPPI con respecto a nuestra actual legislación en materia de Propiedad Industrial (la cual quedará abrogada al entrar en vigor la nueva Ley) que consideramos más relevantes, son los siguientes:

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Propiedad Intelectual
EDUARDO CERVERA
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