Estimados Clientes y Amigos:

En el TMEC que entró en vigor el pasado 1 de julio, se contemplan una serie de obligaciones laborales que las Empresas deben cumplir para evitar sanciones arancelarias.

Los principales puntos que las Empresas deben cumplir son:

1. Libertad de asociación sindical y negociación colectiva.
2. Eliminación del trabajo infantil.
3. Abolición del trabajo forzoso.
4. Eliminación de la discriminación.
5. Cumplimiento de obligaciones laborales: horario, salario, seguridad social, seguridad y salud en el trabajo.

Las Compañías deberán hacer una autoevaluación relacionada con estos temas y estar en posibilidad de acreditar su cumplimiento.

En nuestra Firma hemos desarrollado protocolos y planes de capacitación para que las Empresas puedan acreditar dicho cumplimiento.

A las Empresas que cometan violaciones se les podrán imponer penas arancelarias o la suspensión del tratamiento preferencial arancelario para las mercancías manufacturadas y/o los servicios suministrados por las mismas.

Se establece la creación de un Panel con representantes de ambos países que podrá realizar verificaciones a la empresa a la que se le imputa la violación.

Con más de 40 años de experiencia en temas laborales internacionales y nuestra amplia cobertura nacional, los abogados de la Práctica Laboral estamos listos para apoyarlos en el cumplimiento de estas nuevas obligaciones, evitando cualquier sanción a la que pudieran hacerse acreedores.

Laboral y Seguridad Social

Ana María Becerra
[email protected]
Javier Canseco
[email protected]
Roberto Álvarez-Malo
[email protected]
Perla Arreola
[email protected]
Rogelio Sánchez
[email protected]
Isaac Corral
[email protected]

CategoryAlertas legales