Estimados Clientes y Amigos:

El pasado 25 de marzo del año 2020, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (“CNBV”) de manera conjunta con la Secretaría de Hacienda y Crédito Publico (“SHCP”), informaron que, con el objeto de mitigar los efectos económicos derivados de la contingencia por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), la CNBV ha emitido ciertos criterios contables especiales y temporales aplicables a instituciones de crédito, brindando con esto el espacio regulatorio necesario para que, las instituciones de crédito que así lo decidan, puedan otorgarle facilidades a sus clientes cuya fuente de pago se vea afectada por la contingencia.

Beneficios que podrán otorgarse:

Conforme a lo señalado por la CNBV, el apoyo podrá consistir, en términos generales, en el diferimiento parcial o total de los pagos de capital y/o interés hasta por 4 meses, con la posibilidad de extenderlo a 2 meses adicionales, respecto la totalidad del monto exigible de los créditos, incluyendo accesorios.

Se podrán congelar saldos sin cargo de intereses, siempre y cuando los créditos en cuestión se encuentren clasificados como vigentes al 28 de febrero del 2020.

¿A qué tipos de crédito le podrán aplicar los Beneficios?

  • Créditos Comerciales dirigidos a personas morales o a personas físicas con actividad empresarial en sus diferentes modalidades, incluidos los agropecuarios.
  • Créditos Revolventes y No Revolventes dirigidos a personas físicas, tales como:
    • Crédito Automotriz
    • Créditos Personales
    • Crédito de Nomina
    • Tarjetas de Crédito
    • Microcréditos
  • Créditos a la Vivienda con Garantía Hipotecaria

¿Cómo se aplicarán los beneficios?

Es importante señalar que los apoyos se darán a discreción de cada institución de crédito, de acuerdo a los procesos de implementación que tenga cada una de ellas, atendiendo a las condiciones particulares de cada acreditado.

Por su parte la Asociación de Bancos de México, mediante un comunicado de prensa emitido el pasado 26 de marzo, informó que quedan excluidos de los beneficios y medidas de apoyo aquellos créditos que formen parte del “Programa Permanente de Apoyo a las Zonas Afectadas por Desastres Naturales” o bien, aquellos créditos que ya sean parte de algún otro programa de beneficios, e hizo el llamado a los clientes que necesiten apoyo para que se acerquen a sus respectivos bancos y busquen, de manera conjunta, la solución que más les favorezca.

Quedamos a sus órdenes y les seguiremos informando cualquier medida adicional que tomen tanto autoridades como instituciones de crédito, para mitigar los efectos del COVID-19.

Bancario y Financiero

Jaime O’Reilly
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Carlos Enríquez
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Renato Martínez
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