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ACTUALIZACIÓN DE CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN DE EMPLEADOR

Las personas físicas y morales que contraten personal extranjero o que emitan una oferta de empleo a una persona extranjera en México, deberán obtener su Constancia de inscripción de Empleador (la «Constancia») ante la Oficina de Representación del Instituto Nacional de Migración (INM) correspondiente a su domicilio. Dicha Constancia les permite acreditar su personalidad jurídica y facultades, de modo que en trámites subsecuentes en los que emitan una oferta de empleo o actúen como promoventes, sólo presenten su Constancia para el efecto de acreditar personalidad jurídica y facultades de representante legal.

De conformidad con lo que establecen los Artículo 166 de la Ley de Migración, y 65 de los Lineamientos para trámites y procedimientos migratorios vigentes, la Constancia deberá ser actualizada en los siguientes supuestos:

1.- Anualmente con posterioridad a la presentación de la declaración anual de:

2.- Dentro de los treinta días naturales posteriores a que ocurra algunos de los siguientes cambios:

La finalidad de realizar la actualización de la Constancia de Inscripción de Empleador es acreditar que las personas físicas y morales continúan desempeñando sus actividades regularmente, por lo que es su responsabilidad mantener actualizados sus registros ante el INM.

 

Migratorio

Alicia Gutiérrez / alicia.gutierrez@ecrubio.com
Lilián Vizcaino / lilian.vizcaino@ecrubio.com
Marcela Guzmán / marcela.guzman@ecrubio.com
Juan Carlos Partida / juan.partida@ecrubio.com
Pablo Rosenzweig / pablo.rosenzweig@ecrubio.com

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