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Cambios en el sistema de migración para ingreso de extranjeros a México

Se efectuaron los siguientes cambios, de acuerdo con el tipo de condición de estancia:

1.- RESIDENTES TEMPORALES Y PERMANENTE

2.-TURISTA / VISITANTE DE NEGOCIOS

No requerirán presentar el formulario de Autorización Electrónica ni visa mexicana, los nacionales que viajen a territorio mexicano al amparo de las medidas de facilitación migratoria previstas en el artículo 26 de los Lineamientos para trámites y procedimientos migratorios reformado y publicado en el Diario Oficial de la Federación del 17 de mayo de 2016, aplicable a los portadores de los siguientes documentos:

Migratorio

Alicia Gutiérrez / alicia.gutierrez@ecrubio.com
Lilián Vizcaino / lilian.vizcaino@ecrubio.com
Marcela Guzmán / marcela.guzman@ecrubio.com
Juan Carlos Partida / juan.partida@ecrubio.com
Pablo Rosenzweig / pablo.rosenzweig@ecrubio.com

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