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El pasado 3 de septiembre, la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE), publicó en el Diario Oficial de la Federación, las Disposiciones Regulatorias de emergencia (“Disposiciones”) para el trámite y desahogo de denuncias por infracciones a la Ley para la Transparencia, Prevención y Combate de Prácticas Indebidas en materia de Contratación de Publicidad (“Ley de Publicidad”).
Cabe señalar que la Ley de Publicidad, que prevé que las denuncias derivadas de la misma deberán ser procesadas por la COFECE, fue impugnada por dicho organismo mediante controversia constitucional y, posteriormente, recurso de reclamación, el cual se encuentra pendiente de resolución. No obstante, ante la entrada en vigor de la Ley de Publicidad, el pasado 1º de septiembre, la COFECE emitió las Disposiciones con carácter de emergencia, a fin de otorgar certeza jurídica a los interesados.
Los aspectos más relevantes de las Disposiciones son los siguientes:
1. Las investigaciones se iniciarán por denuncia y correrán a cargo de la Autoridad Investigadora de la COFECE.
2. Las denuncias serán desechadas cuando:
- Los hechos denunciados no constituyan una infracción a la Ley de Publicidad.
- Quienes las promuevan no tengan interés jurídico en el asunto.
- Los denunciados no tengan el carácter de agencia, anunciante o medio de comunicación, en términos de la Ley de Publicidad.
- Los denunciados y los hechos hayan sido materia de resolución previa.
- Esté pendiente un procedimiento ante la COFECE sobre los mismos hechos.
3. El periodo de investigación podrá extenderse hasta por cinco periodos de 120 días cada uno.
4. Para la investigación, la Autoridad Investigadora podrá hacer uso de las facultades que le otorga la Ley Federal de Competencia Económica (requerimientos de información, visitas de verificación, auxilio de autoridades).
5. Concluida la investigación, y en caso de existir elementos de probable responsabilidad, iniciará el procedimiento en forma de juicio, a fin de analizar pruebas y alegatos.
6. Finalmente, se dictará resolución definitiva en la que se acredite o no la infracción a la Ley de Publicidad, así como las personas sancionadas y las sanciones respectivas.
Las Disposiciones entraron en vigor en la fecha de su publicación, el día 3 de septiembre pasado.
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