Estimados clientes y amigos:
Queremos informarles acerca de una reciente jurisprudencia aprobada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación que podría tener implicaciones importantes en sus operaciones fiscales.
La jurisprudencia, que fue aprobada el 15 de marzo de 2023, establece que el Impuesto al Valor Agregado (IVA) pagado mediante compensación no es acreditable. Esto significa que, aunque es posible compensar el monto principal de una operación, el IVA tendría que ser pagado en efectivo para que sea acreditable. Si el IVA es pagado mediante compensación, se consideraría un costo adicional para la empresa y no se podría acreditar.
Es importante señalar que esta decisión puede aplicarse retroactivamente, lo que implica que la autoridad fiscal podría revisar operaciones anteriores y negar devoluciones de IVA en base a esa decisión. Por ello, es importante que revisen sus operaciones y las implicaciones que esta decisión podría tener en ellas.
En caso de tener alguna pregunta o comentario en relación con lo anterior, por favor no dude en comunicarse con su contacto habitual de la firma.
Consultoría y Litigio Fiscal
Arturo Bañuelos / arturo.banuelos@ecrubio.com
Edmundo Hernández / edmundo.hernandez@ecrubio.com
Fernando Holguín / fernando.holguin@ecrubio.com
Felipe Mendoza / felipe.mendoza@ecrubio.com
Franco Herrera / franco.herrera@ecrubio.com