Icono del sitio EC Rubio

Modificaciones laborales al T-MEC

Estimados clientes y amigos:

El pasado 10 de diciembre se firmaron los acuerdos modificatorios al T-MEC (Tratado México – Estados Unidos – Canadá).

En materia laboral los principales acuerdos fueron:

México firmó por separado con USA y Canadá el denominado: “Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida en Instalaciones Específicas”. (USA y Canadá no firmaron un acuerdo de este tipo entre ellos). El mecanismo aplicará siempre que un país considere, de buena fe, que a los trabajadores de una empresa en el otro país les es negado el derecho de libre asociación y negociación colectiva.

Si un país tiene fundamentos para considerar que está ocurriendo una Denegación de Derechos en una empresa, primero solicitará que el otro país realice su propia revisión y si la parte demandada determina que efectivamente hay una Denegación de Derechos, intentará repararla en los siguientes 45 días.

Con la solicitud hecha por un país, penas arancelarias pueden ser impuestas a los productos que exporta la empresa que presuntamente esté violando los derechos de libre asociación y negociación colectiva hasta que ambas partes acuerden que no hay violación de derechos o un Panel de especialistas determine que no existe la citada violación.

Si el país demandado ha determinado que existe una Denegación de Derechos, las partes se comunicarán entre sí, de buena fe, durante un período de 10 días y procurarán acordar un curso de reparación que corrija la vulneración de derechos sin interrumpir el comercio.

Dentro de los mecanismos de solución se establece la creación de un Panel Laboral de Respuesta Rápida con Expertos de ambos países.

Este Panel podrá realizar verificaciones a la empresa a la que se le imputa la violación y Observadores de ambas partes podrán acompañar al Panel en cualquier verificación in situ.

Cuando se hayan comprobado violaciones se podrán imponer reparaciones, que pueden incluir la suspensión del tratamiento preferencial arancerlario para las mercancías manufacturadas en la empresa o la imposición de sanciones sobre las mercancías manufacturadas y/o los servicios suministrados por dicha compañía.

Con más de 40 años de experiencia en temas laborales internacionales y nuestra cobertura nacional, los abogados de la Práctica Laboral estamos a sus órdenes para diseñar un plan de prevención que incluya capacitación, compliance, implementación y vigilancia, acorde con las características de su compañía.

Laboral y Seguridad Social / Labor and Social Security

Javier Canseco
javier.canseco@ecrubio.com
Rogelio Sánchez
rsanchez@ecrubio.com
Perla Arreola
perla.arreola@ecrubio.com
Isaac Corral
icorral@ecrubio.com
Ana María Becerra
ana.becerra@ecrubio.com
Roberto Alvarez-Malo
roberto.alvarezmalo@ecrubio.com

Salir de la versión móvil