El 28 de abril del 2022, fueron publicados en el Diario Oficial de la Federación dos Decretos mediante los que se reforma la fracción IX del artículo 132, la fracción V del artículo 204 y se adiciona un párrafo segundo al artículo 512 la Ley Federal del Trabajo (LFT), mismos que entraron en vigor a partir del 29 de abril del presente año.
La reforma al artículo 132 y 204 de la LFT consiste en establecer como obligación del patrón el conceder a los trabajadores el tiempo necesario para el ejercicio del voto en los procesos de revocación de mandato (aplicables a los miembros del Congreso Federal y al Presidente de la República).
Por cuanto hace a la adición del artículo 512 de la LFT, se establece que los reglamentos de la LFT y las disposiciones normativas que expidan las autoridades laborales, considerarán el uso de la tecnología y de las herramientas de trabajo que sean innovadoras y que coadyuven a las labores cuando exista un alto riesgo que implique la pérdida de la vida o se comprometa seriamente la salud del trabajador, considerando, sobre todo, la naturaleza del trabajo.
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