Estimados clientes y amigos:
El pasado lunes 24 se publicaron las reglas para el registro de estas Personas y los puntos medulares son los siguientes:
Las personas físicas o morales que ejecuten servicios especializados o realicen obras especializadas y que, para ello, proporcionen o pongan a disposición trabajadores propios en beneficio de otra para ejecutar los servicios o realizar las obras especializadas, deben registrarse en http://repse.stps.gob.mx
El registro también será obligatorio para aquellas empresas que presten servicios u obras complementarias o compartidas en un mismo grupo empresarial.
El Padrón en donde estarán inscritas las Empresas con registro podrá consultarse por Internet.
Para obtener el registro se tendrán que cumplir con los siguientes requisitos y requerimientos:
1. Requisitar y proporcionar en la plataforma electrónica la siguiente información:
- Firma electrónica vigente;
- Nombre, denominación o razón social en caso de ser persona moral; o apellido paterno, materno y nombre(s) en caso de ser persona física;
- Nombre comercial;
- Entidad Federativa;
- Registro Federal de Contribuyentes;
- Domicilio: calle o avenida, número exterior, número interior, colonia o fraccionamiento, código postal, localidad, y municipio o alcaldía;
- Geolocalización;
- Teléfono(s) fijo(s) y celular(es) y correo(s) electrónico(s);
- Número del Acta Constitutiva de la empresa, datos de identificación del notario o corredor público que la expidió, fecha de su protocolización y objeto social (en caso de ser persona moral);
- Registro Patronal ante el Instituto Mexicano del Seguro Social;
- Datos del representante legal de la empresa de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas primer apellido, segundo apellido y nombre(s), Teléfono fijo y celular, Identificación Oficial vigente (Credencial para votar, Pasaporte o Cédula Profesional), CURP y correo electrónico (para personas físicas y morales);
- Afiliación ante el Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores.
- Número total de trabajadores al momento de la solicitud de registro: a. Por sexo: # Mujeres y # Hombres
- Actividad Económica especializada conforme al «Catálogo de actividades para la clasificación de las empresas en el seguro de riegos de trabajo» del Instituto Mexicano del Seguro Social contenido en el Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización;
- Actividad o actividades que desea ser registrada en el padrón, y
- Actividad Económica Preponderante.
2. Deberán de encontrarse a la fecha en la que se realice la solicitud de registro al corriente en sus obligaciones fiscales y de seguridad social frente al Servicio de Administración Tributaria, al Instituto Mexicano del Seguro Social y al Instituto del Fondo Nacional para la Vivienda de los Trabajadores.
3. Las personas físicas o morales que deseen incorporarse al Padrón y obtener el registro deberán establecer con precisión el servicio que desean prestar o el tipo de obra que desean ejecutar. Por cada una de dichas actividades deberán acreditar, bajo protesta de decir verdad, el carácter especializado de las mismas y describir los elementos o factores que dan sustento a este carácter excepcional.
Para acreditar el carácter especializado se aportará información y documentación, conforme a los requerimientos de la plataforma, respecto a: capacitación, certificaciones, permisos o licencias que regulan la actividad, equipamiento, tecnología, activos, capital social, maquinaria, nivel de riesgo, rango salarial promedio, experiencia, entre otros.
Los servicios u obras especializados que deseen registrarse deberán estar contempladas dentro de su objeto social.
4. Las personas físicas o morales que se registren en el Padrón a través de la plataforma electrónica deberán de ingresar en formato PDF o XML los siguientes documentos:
- Identificación oficial vigente (Credencial para votar, Pasaporte Vigente o Cédula Profesional) de la persona física o del representante legal de la empresa (PDF).
- Poder Notarial (PDF).
- Comprobante de nómina (XML).
- Acta Constitutiva y el objeto social vigente (PDF).
- Constancia de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes (PDF).
- Registro(s) Patronal(es) ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (PDF).
- Comprobante de Domicilio (luz, predial, teléfono) (PDF).
Si desea tener acceso al acuerdo de la Secretaría de Trabajo, puede hacerlo haciendo click en este enlace:
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5619148&fecha=24/05/2021
Como hemos venido informando, este tema debe ser analizado con una visión de 360º, cubriendo los aspectos laboral, fiscal, seguridad social y contractual.
Los Abogados de la Firma permanecemos a sus órdenes para asesorarlos y apoyarlos en el cumplimiento y manejo de este nuevo ordenamiento legal.
Laboral, Fiscal y Corporativo
Daniela Flores
daniela.flores@ecrubio.com
Lorena Mejía
lorena.mejia@ecrubio.com
Sergio De La Rocha
sergiodelarocha@ecrubio.com
René Alva
rene.alva@ecrubio.com
Renato Martínez
renato.martinez@ecrubio.com
César Ochoa
cesar.ochoa@ecrubio.com
Javier Ogarrio
javier.ogarrio@ecrubio.com
Mario Prado
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Alejandro Montes
alejandro.montes@ecrubio.com
Oscar Bensojo
oscar.bensojo@ecrubio.com
Eduardo David
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Enrique Marcos
enrique.marcos@ecrubio.com
Gerardo Olea
gerardo.olea@ecrubio.com
Jaime O’Reilly
jaime.oreilly@ecrubio.com
Javier Canseco
javier.canseco@ecrubio.com
Ana María Becerra
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Roberto Alvarez-Malo
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Isaac Corral
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Franco Herrera
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