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Reglas para el Registro de personas físicas o morales que presten servicios especializados o ejecuten obras especializadas

Estimados clientes y amigos:

El pasado lunes 24 se publicaron las reglas para el registro de estas Personas y los puntos medulares son los siguientes:

Las personas físicas o morales que ejecuten servicios especializados o realicen obras especializadas y que, para ello, proporcionen o pongan a disposición trabajadores propios en beneficio de otra para ejecutar los servicios o realizar las obras especializadas, deben registrarse en http://repse.stps.gob.mx

El registro también será obligatorio para aquellas empresas que presten servicios u obras complementarias o compartidas en un mismo grupo empresarial.

El Padrón en donde estarán inscritas las Empresas con registro podrá consultarse por Internet.

Para obtener el registro se tendrán que cumplir con los siguientes requisitos y requerimientos:

1. Requisitar y proporcionar en la plataforma electrónica la siguiente información:

2. Deberán de encontrarse a la fecha en la que se realice la solicitud de registro al corriente en sus obligaciones fiscales y de seguridad social frente al Servicio de Administración Tributaria, al Instituto Mexicano del Seguro Social y al Instituto del Fondo Nacional para la Vivienda de los Trabajadores.

3. Las personas físicas o morales que deseen incorporarse al Padrón y obtener el registro deberán establecer con precisión el servicio que desean prestar o el tipo de obra que desean ejecutar. Por cada una de dichas actividades deberán acreditar, bajo protesta de decir verdad, el carácter especializado de las mismas y describir los elementos o factores que dan sustento a este carácter excepcional.

Para acreditar el carácter especializado se aportará información y documentación, conforme a los requerimientos de la plataforma, respecto a: capacitación, certificaciones, permisos o licencias que regulan la actividad, equipamiento, tecnología, activos, capital social, maquinaria, nivel de riesgo, rango salarial promedio, experiencia, entre otros.

Los servicios u obras especializados que deseen registrarse deberán estar contempladas dentro de su objeto social.

4. Las personas físicas o morales que se registren en el Padrón a través de la plataforma electrónica deberán de ingresar en formato PDF o XML los siguientes documentos:

Si desea tener acceso al acuerdo de la Secretaría de Trabajo, puede hacerlo haciendo click en este enlace:

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5619148&fecha=24/05/2021

Como hemos venido informando, este tema debe ser analizado con una visión de 360º, cubriendo los aspectos laboral, fiscal, seguridad social y contractual.

Los Abogados de la Firma permanecemos a sus órdenes para asesorarlos y apoyarlos en el cumplimiento y manejo de este nuevo ordenamiento legal.

 

Laboral, Fiscal y Corporativo

Daniela Flores
daniela.flores@ecrubio.com
Lorena Mejía
lorena.mejia@ecrubio.com
Sergio De La Rocha
sergiodelarocha@ecrubio.com
René Alva
rene.alva@ecrubio.com
Renato Martínez
renato.martinez@ecrubio.com
César Ochoa
cesar.ochoa@ecrubio.com
Javier Ogarrio
javier.ogarrio@ecrubio.com
Mario Prado
mario.prado@ecrubio.com
Alejandro Montes
alejandro.montes@ecrubio.com
Oscar Bensojo
oscar.bensojo@ecrubio.com
Eduardo David
eduardo.david@ecrubio.com
Carlos Enríquez
carlos.enriquez@ecrubio.com
Enrique Marcos
enrique.marcos@ecrubio.com
Gerardo Olea
gerardo.olea@ecrubio.com
Jaime O’Reilly
jaime.oreilly@ecrubio.com
Javier Canseco
javier.canseco@ecrubio.com
Ana María Becerra
ana.becerra@ecrubio.com
Roberto Alvarez-Malo
roberto.alvarezmalo@ecrubio.com
Rogelio Sánchez
rogelio.sanchez@ecrubio.com
Isaac Corral
isaac.corral@ecrubio.com
Perla Arreola
perla.arreola@ecrubio.com
Arturo Bañuelos
arturo.banuelos@ecrubio.com
Felipe Mendoza
felipe.mendoza@ecrubio.com
Edmundo Hernández
edmundo.hernandez@ecrubio.com
Fernando Holguín
fernando.holguin@ecrubio.com
Franco Herrera
franco.herrera@ecrubio.com

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