El movimiento #MeToo ha conseguido cambios legales en México, reflejados en diversas reformas a la Ley Federal del Trabajo en los años 2012 y 2019 que establecen prohibiciones a los empleadores a fin de proteger a las mujeres de discriminación, acoso, hostigamiento y violencia.

Estas son las prohibiciones y derechos que se han modificado:

  • Que empleen expresiones que puedan favorecer a un género en específico.
  • Exigir a las mujeres certificados médicos de no embarazo.
  • Despedir a las trabajadoras por estar embarazadas.
  • Despedir a las trabajadoras por cambiar su estado civil o por tener a su cuidado hijos menores.
  • Disminuir el salario o prestaciones durante el estado de gestación o lactancia.
  • Realizar actos de violencia, hostigamiento o acoso sexual, e incluye dichas conductas como causales de rescisión.
  • Otorga como beneficio la ampliación del periodo de incapacidad postnatal hasta por 8 semanas en caso de que el bebé nazca con alguna discapacidad o requiera hospitalización, previa presentación del certificado médico correspondiente.
  • Otorga como beneficio, incapacidad por maternidad en caso de adopción.
  • Distribuir las semanas de descanso pre y postnatal, a fin de que las trabajadoras permanezcan más tiempo al lado de su hijo.
  • Reducir la jornada de trabajo a fin de que las madres trabajadoras gocen de los dos los periodos de lactancia al inicio o final de la jornada.
  • Que gocen de la licencia que establece el artículo 140 Bis de la Ley del Seguro Social en caso de que sus hijos menores sean diagnosticados con cáncer.
  • Se establece la obligación a los empleadores de implementar un protocolo para prevenir la discriminación por razones de género y atención de casos de violencia y acoso u hostigamiento sexual.

Finalmente, es importante considerar que se establecen sanciones que van desde 250 hasta 5000 UMAS, al patrón que cometa cualquier acto o conducta discriminatoria en el centro de trabajo o realice, tolere o permita actos de hostigamiento o acoso sexual.

Por lo anterior es indispensable que las Empresas revisen el cumplimiento a estos puntos, elaboren los manuales del caso e impartan la capacitación respectiva.

 

Práctica Laboral & Seguridad Social

Ana María Becerra / [email protected]
Isaac Corral / [email protected]
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