Estimados clientes y amigos:

Derivado de las reformas al Código Fiscal de la Ciudad de México para 2021, las personas físicas o morales están obligadas a presentar avisos a la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México (“SAF”) sobre la contratación o subcontratación de servicios, independientemente de la forma en que se denominen, aun y cuando la erogación por concepto de remuneración al trabajo personal subordinado se realice por conducto de otra persona.

Los avisos deben presentarse a la SAF:

  1. En un plazo de 10 días hábiles siguientes a aquel en que se celebren o se modifiquen los contratos.
  2. Dentro de los 30 días naturales siguientes al 1 de enero de 2021, tratándose de contratos que se encuentren vigentes en tal fecha.

 

Mediante comunicado de 18 de enero de este año, la SAF estableció que los avisos deberán presentarse por medio de una aplicación que se encontrará disponible en el Sistema de Administración de Contribuciones en la página https://innovacion.finanzas.cdmx.gob.mx/siscon/. Como alternativa, si la aplicación aún no estuviera disponible, los avisos deberán enviarse a la cuenta de correo electrónico [email protected].

Los avisos señalados deberán contener:

  1. El contrato original o copia certificada del mismo.
  2. Número de trabajadores que presten los servicios contratados.
  3. La denominación o razón social del contratista.
  4. El Registro Federal de Contribuyentes del contratista.
  5. El domicilio del contratista.

La omisión o el retraso en la presentación de los avisos puede dar lugar a multas que oscilan entre $3,173 a $9,413 Pesos por cada uno.

FISCAL, CONSULTORÍA Y LITIGIO
Franco Herrera
[email protected]

Arturo Bañuelos
[email protected]
Edmundo Hernández
[email protected]
Felipe Mendoza
[email protected]
Fernando Holguín
[email protected]
CategoryAlertas legales