El pasado 22 de abril de 2024, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, el DECRETO por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (el “Decreto”), mismo que entró en vigor al día siguiente de su publicación (23 de abril de 2024) y permanecerá vigente durante los siguientes 2 (dos) años.

Es importante señalar que, mediante el Decreto, se establecieron aranceles temporales de entre 5% a 50% a la importación de mercancías clasificadas en 544 fracciones arancelarias relativas al acero, aluminio, textiles, confección, calzado, madera, plástico y sus manufacturas, productos químicos, papel y cartón, productos cerámicos, vidrio y sus manufacturas, material eléctrico, material de transporte, instrumentos musicales, muebles, entre otras.

No obstante lo anterior, el Decreto señala que tratandose de mercancías originarias de los países con los que México tiene celebrado un tratado en materia comercial, de cubrirse los requisitos correspondientes, podrá seguirse aplicando el trato arancelario preferencial de mercancías originarias previsto en el instrumento internacional que corresponda.

Asimismo, el Decreto señala que con la finalidad de evitar la afectación de las cadenas productivas y que se mantenga la competitividad en los sectores industriales más sensibles como lo son el eléctrico, electrónico, automotriz y el de autopartes, resulta necesario mantener, por el mismo periodo de vigencia de los aranceles previstos en dicho Decreto, es decir, por el periodo de 2 (dos) años, el beneficio arancelario de los Programas de Promoción Sectorial (PROSEC) aplicable a diversas fracciones arancelarias señaladas en el Decreto de ciertos productos siderúrgicos incluidos en los Programas de las industrias eléctrica, electrónica, automotriz y de autopartes, respectivamente.

Asimismo, mediante el artículo transitorio segundo del Decreto, se abroga el «Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación» publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 15 de agosto de 2023.

En caso de tener cualquier duda o comentario en relación con esta publicación, así como de requerir asesoría legal relacionada con la estrategia de defensa para mitigar los efectos del Decreto, por favor no dude en comunicarse con nosotros.

Comercio Exterior

Alejandro Montes / [email protected]

Arturo J. Bañuelos / [email protected]

Carlos Enríquez Terrazas / [email protected]

César Ochoa / [email protected]

César Holguín / [email protected]

David Ken Fujii / [email protected]

Eduardo David / [email protected]

Edmundo Hernández / [email protected]

Fernando Holguín / [email protected]

Felipe Mendoza / [email protected]

Juan Carlos Partida / [email protected]

Pablo Méndez / [email protected]

Salvador Garza / [email protected]

Alexa Araiza / [email protected]

Carlos Canseco / [email protected]

Esmeralda Chávez / [email protected]

Luis Delgado / [email protected]

Marcela Guzmán / [email protected]

Miguel Torres / [email protected]

SUSCRÍBETE A NUESTRAS ALERTAS LEGALES Y NOTICIAS RELEVANTES

Recibe nuestras alertas legales, noticias relevantes e información de nuestros eventos por medio de correo o nuestro canal de WhatsApp.

Suscribirse


CategoryAlertas legales