Estimados clientes y amigos:
Mucho se ha hablado de la política de prevención de riesgos psicosociales, teniendo las empresas como fecha límite para su implementación y difusión en el centro de trabajo el día 23 de octubre del 2019. ¿Pero qué hay del citado protocolo?

En la reforma efectuada a la Ley Federal del Trabajo con vigencia al 1 de mayo de 2019, se establece como una nueva obligación para los patrones, el implementar, en acuerdo con los trabajadores, un protocolo para prevenir la discriminación por razones de género y atención de casos de violencia y acoso u hostigamiento sexual, así como erradicar el trabajo forzoso e infantil.

Ambos documentos son totalmente diversos y cubren puntos igual de diversos, confundiéndose en algunos foros la violencia laboral con el acoso sexual, siendo que claramente la NOM-035-STPS-2018 señala que dicha norma no considera el acoso sexual, por ello también la importancia de contar con el protocolo, en el cual sí se considera este concepto.

Los invitamos a ponerse en contacto con nosotros a efecto de elaborar ambos documentos y, con ello, dar cumplimiento a estas nuevas disposiciones, las cuales son obligatorias para las Empresas independientemente del número de trabajadores con los que cuenten.

Laboral y Seguridad Social

Javier Canseco
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Rogelio Sánchez
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Perla Arreola
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Isaac Corral
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Ana María Becerra
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Roberto Alvarez-Malo
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