Luego de que diputados y senadores aprobaran en definitiva las reformas a diversas leyes fiscales como parte del Paquete Económico 2020, el día de ayer, 9 de diciembre, el Diario Oficial de la Federación publicó el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, la Ley del Impuesto al Valor Agregado, la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios y el Código Fiscal de la Federación (“Decreto”), el cual entrará en vigor el 1º de enero del 2020, salvo ciertas excepciones.

El Decreto incluye diversas reformas significativas a los ordenamientos mencionados, entre las cuales figuran las siguientes:

 

Código Fiscal de la Federación

  1. Razón de negocios. Criterios para presumir su inexistencia y reclasificar los actos jurídicos.
  2. Esquemas reportables por parte de contribuyentes y asesores fiscales.
  3. Responsabilidad solidaria de directores y gerentes generales, administradores únicos, accionistas, socios y liquidadores.
  4. Operaciones relevantes que deben ser informadas.
  5. Normas para la validación y cancelación de firmas electrónicas y certificados de sellos digitales.
  6. Prohibición para el sector público de celebrar contratos con contribuyentes incumplidos.
  7. Definición de la figura de tercero colaborador fiscal.

 

Ley del Impuesto sobre la Renta:

  1. Intereses no deducibles.
  2. Límites a la deducibilidad de pagos que realicen personas morales residentes en México a partes relacionadas residentes en el extranjero en caso de Régimen Fiscal Preferente (REFIPRE), vehículos híbridos o pagos estructurados.
  3. Ingresos sujetos a REFIPRE y excepciones.
  4. Tratamiento de inversiones e ingresos de figuras jurídicas extranjeras y entidades extranjeras transparentes fiscales.
  5. Redefinición de establecimiento permanente en México.
  6. Marco normativo para actividades de maquila bajo la modalidad de albergue.
  7. Procedimiento para pagos a subcuentas del seguro de retiro.
  8. Eliminación del estímulo fiscal para fideicomisos de infraestructura y bienes raíces (FIBRAS) privados.
  9. Ingresos obtenidos mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares.
  10. Tratamiento del uso o goce temporal de equipo comercial, científico e industrial.

 

Ley de Impuesto al Valor Agregado

  1. Retención del IVA para el caso de subcontratación.
  2. Acreditamiento del IVA a favor.
  3. Retención de IVA por la prestación de servicios digitales a usuarios en territorio nacional por parte de residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en México.
  4. Exención a donatarias autorizadas.

 

Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios

  1. Actualización de cuotas aplicables.
  2. Compensación de saldos a favor.
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