En días pasados se dictó una resolución en el amparo promovido por trabajadores del Sindicato Minero, en contra de la fracción VIII del artículo 127 de la Ley Federal del Trabajo,  la cual establece el tope al pago de la participación de los trabajadores en el reparto de utilidades (PTU) de las empresas, consistente en 3 meses de salario o el promedio de la participación recibida en los últimos 3 años.

El Juzgado ha declarado que este artículo es inconstitucional, ya que esta limitante no se encuentra contemplada dentro de la Constitución y por lo tanto debe pagarse la participación en el reparto de utilidades sin considerar tope alguno.

Esta resolución seguramente será impugnada por los interesados en ese juicio y tendrá que ser resuelta por la Suprema Corte.

La sentencia mencionada no es definitiva, ni es forzosamente aplicable a todos los casos, pero si es representa un precedente importante que podrá marcar el rumbo en futuras resoluciones.

Estaremos vigilando el camino que tome este juicio y los mantendremos informados, para que podamos planear la estrategia adecuada para su empresa.

 

Práctica Laboral & Seguridad Social

Ana María Becerra / [email protected]
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