Estados Unidos Amplía la Designación de Organizaciones Terroristas Extranjeras: Implicaciones para Empresas que Operan en México.

Queridos Clientes y Amigos:

En el mes de julio del 2026, el Gobierno de los Estados Unidos de America amplió la lista de organizaciones criminales mexicanas designadas como Organizaciones Terroristas Extranjeras (Foreign Terrorist Organizations – “FTO”) y Terroristas Globales Especialmente Designados (Specially Designated Global Terrorists – “SDGT”), incorporando al Cártel de Juárez y a Los Viagras. Estas organizaciones se suman a los seis cárteles mexicanos previamente designados en febrero de 2025: (i) el Cártel de Sinaloa, (ii) el Cártel Jalisco Nueva Generación, (iii) el Cártel del Golfo, (iv) el Cártel del Noreste, (v) La Nueva Familia Michoacana y (vi) Cárteles Unidos.

Si bien estas designaciones no modifican directamente el marco jurídico mexicano, sí representan un cambio relevante en el entorno de cumplimiento y gestión de riesgos para las empresas que operan en México, particularmente aquellas que mantienen vínculos con Estados Unidos a través de sus accionistas, inversionistas, directivos, empleados, instituciones financieras o cadenas de suministro.

La legislación estadounidense prohíbe que las personas sujetas a su jurisdicción proporcionen, con conocimiento, apoyo material o recursos a organizaciones designadas como FTO. De igual forma, las sanciones administradas por la Office of Foreign Assets Control (“OFAC”) restringen las operaciones con personas y entidades designadas, incluyendo aquellas que sean propiedad, directa o indirectamente, en un 50% (cincuenta por ciento) o más de una o varias personas bloqueadas.

Como consecuencia, es previsible que las autoridades estadounidenses incrementen el escrutinio sobre determinadas operaciones comerciales realizadas en México, especialmente aquellas relacionadas con pagos, contratistas, proveedores, transportistas, empresas de seguridad, intermediarios y demás terceros que desarrollen actividades en regiones donde existe presencia de organizaciones criminales designadas.

En este contexto, las empresas que operan en sectores como minería, energía, infraestructura, manufactura, transporte o logística podrían enfrentar mayores riesgos legales, financieros y reputacionales si no cuentan con procedimientos adecuados para identificar y gestionar posibles contingencias relacionadas con sus contrapartes comerciales. Lo anterior cobra especial relevancia en proyectos que requieren la participación de múltiples proveedores y contratistas, o que se desarrollan en zonas donde históricamente se han presentado problemas de seguridad, extorsión o control territorial por parte de grupos criminales.

Si bien un pago realizado bajo coerción o derivado de una extorsión no constituye automáticamente apoyo material a una organización designada, este tipo de situaciones debe ser evaluado de manera inmediata y documentado adecuadamente, ya que las posibles consecuencias dependerán de las circunstancias particulares del caso, del conocimiento de las partes involucradas y de la existencia de elementos suficientes para generar jurisdicción estadounidense.

Ante este escenario, resulta recomendable que las empresas implementen y fortalezcan procedimientos de cumplimiento y debida diligencia respecto de contratistas, proveedores, transportistas, empresas de seguridad, intermediarios y demás terceros con los que mantengan relaciones comerciales. Entre otras medidas, resulta aconsejable identificar adecuadamente a los accionistas, beneficiarios controladores, administradores y representantes de las principales contrapartes; verificar periódicamente a dichas personas en listas de sanciones aplicables; revisar antecedentes corporativos, litigios, investigaciones y posibles vínculos con personas u organizaciones designadas; así como establecer procedimientos que permitan reportar y atender de manera inmediata cualquier incidente relacionado con amenazas, extorsiones, solicitudes de pagos informales o cambios injustificados en instrucciones bancarias. De igual forma, las empresas deberían considerar la incorporación de declaraciones y obligaciones de cumplimiento, derechos de auditoría y facultades de suspensión o terminación en sus contratos, a efecto de mitigar riesgos relacionados con sanciones internacionales, lavado de dinero o financiamiento al terrorismo y reaccionar oportunamente ante cualquier contingencia.

Particularmente en proyectos que involucren un número considerable de contratistas o proveedores, recomendamos que la documentación de cumplimiento y debida diligencia sea solicitada y revisada con al menos 15 (quince) días hábiles de anticipación a la contratación, movilización o realización del primer pago. En nuestra experiencia, la identificación temprana de riesgos permite evitar contingencias que posteriormente pueden comprometer la continuidad operativa de un proyecto o generar cuestionamientos por parte de inversionistas, instituciones financieras o autoridades extranjeras.

Las recientes designaciones reflejan una tendencia de las autoridades estadounidenses hacia un mayor escrutinio de las actividades económicas que pudieran generar beneficios directos o indirectos a organizaciones criminales. Por ello, resulta cada vez más importante que las empresas que operan en México cuenten con procedimientos sólidos de cumplimiento, debida diligencia y gestión de riesgos que les permitan identificar oportunamente posibles contingencias y documentar adecuadamente las medidas adoptadas para mitigarlas.

En EC Rubio contamos con experiencia en la elaboración e implementación de procedimientos de debida diligencia para proveedores, contratistas e intermediarios, revisión de riesgos regulatorios y de cumplimiento, elaboración de protocolos de atención de incidentes de seguridad y extorsión, así como en la preparación y negociación de cláusulas contractuales relacionadas con sanciones internacionales, prevención de lavado de dinero y cumplimiento corporativo. La correcta implementación de estas herramientas les permitirá fortalecer sus procesos internos y reducir su exposición frente a riesgos legales, financieros y reputacionales derivados del entorno actual.

En caso de tener alguna pregunta o comentario en relación con lo anterior, por favor no dude en comunicarse con su contacto habitual de la Firma.

 

Minería

Pablo Méndez / pablo.mendez@ecrubio.com
Alejandro Salomón / alejandro.salomon@ecrubio.com

CategoryAlertas legales
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