Durante muchos años, empresarios y abogados en México han entendido que las empresas y otras personas jurídicas solo podían ser imputadas por una lista limitada de delitos. Sin embargo, la Suprema Corte de Justicia ha cuestionado esta interpretación, ampliando significativamente la responsabilidad penal de las personas morales.
En una sentencia emitida en abril de 2025, cuya versión final aún no se ha publicado, la Corte declaró inconstitucional la disposición del Código Nacional de Procedimientos Penales que establecía un «catálogo cerrado» de delitos. Según este nuevo criterio, una empresa puede ser procesada por cualquier delito conforme a las legislaciones estatales, siempre que las acciones se hayan producido “dentro de su esfera de control”.
Esta decisión incrementa el riesgo teórico de responsabilidad penal para las empresas. El riesgo práctico dependerá del interés de los fiscales en presentar cargos, pero todo indica que este tipo de procesos será cada vez más común. La experiencia internacional demuestra que el procesamiento de empresas suele contar con amplio respaldo público y legislativo.
Ante este nuevo panorama, los ejecutivos prudentes deben evaluar sus acciones y reforzar sus mecanismos internos para evitar que los empleados expongan a la empresa a sanciones sustanciales.
Un programa de cumplimiento y ética eficaz puede brindar una protección significativa y prevenir delitos contra la propia empresa. No obstante, para que sea realmente útil, debe estar bien diseñado, adaptado a las condiciones culturales y legales mexicanas, y funcionar en la práctica, no solo en teoría.
En EC Rubio, contamos con una sólida combinación de experiencia legal y en cumplimiento que puede ayudarle a proteger su negocio. Ya sea una multinacional que necesita asegurar la implementación local de su programa de compliance, o una empresa mexicana que aún no ha priorizado este tema, podemos ofrecerle asesoría efectiva y rentable.
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