
Estimados Clientes y Amigos:
Como se los hicimos saber por este medio, el 21 de enero de 2025, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el DECRETO por el que se otorgan estímulos fiscales para apoyar la estrategia nacional denominada “Plan México”, para fomentar nuevas inversiones, que incentiven programas de capacitación dual e impulsen la innovación, emitido por la Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos.
En su artículo Primero dicho Decreto dispone que el estímulo fiscal se otorgará a las personas morales que tributen en términos de los títulos II o VII, capítulo XII, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, y a las personas físicas que tributen de conformidad con el título IV, capítulo II, sección I, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que cumplan, entre otros requisitos, con los lineamientos que al efecto emita el Comité de Evaluación.
Debido a ello, el 21 de marzo de 2025, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el ACUERDO por el que se emiten los Lineamientos para aplicar el Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para apoyar la estrategia nacional denominada “Plan México”, para fomentar nuevas inversiones, que incentiven programas de capacitación dual e impulsen la innovación, suscrito por el Comité de Evaluación.
Dichos Lineamientos tienen por objeto establecer los requisitos y el procedimiento para obtener la constancia de cumplimiento; los criterios, parámetros de legibilidad y requisitos que deben cumplir los proyectos de inversión y el convenio de colaboración, así como la integración, atribuciones, quorum, desarrollo de sesiones, decisiones y demás aspectos relativos al Comité de Evaluación.
Ahora bien, de acuerdo con esos lineamientos, el Comité de Evaluación analizará la información y documentación presentada por el contribuyente solicitante, relacionada con:
- El proyecto de inversión en bienes nuevos de activo fijo, entendido como la propuesta técnica de inversiones nuevas de activo fijo a realizar en territorio nacional destinadas a maximizar las ventajas competitivas de nuestro país, desarrollar la proveeduría local/regional y fortalecer los canales de comercialización directa.
- El convenio de colaboración, entendido como el instrumento jurídico que celebra la SEP a través de las Subsecretarías de Educación Media Superior o de Educación Superior con el contribuyente solicitante, en el que se establecen, entre otros aspectos, los compromisos a los que se obligue cada una de las partes para implementación de la educación dual.
- El proyecto de inversión para el desarrollo de invenciones susceptibles de protección mediante patentes del registro de modelos de utilidad, entendido como la propuesta técnica dirigida a promover la investigación y desarrollo tecnológico que permita transformar el conocimiento científico y tecnológico de nuevas invenciones patentables, susceptibles de ser reproducibles y utilizadas en cualquier rama de la actividad económica, dando lugar a nuevos o mejores productos o procesos; o bien, una propuesta técnica dirigida a promover modelos de utilidad que como resultado de una modificación en su disposición, configuración, estructura o forma a objetos, utensilios, aparatos o herramientas, presenten una función diferente respecto de las partes que los integran o ventajas en cuanto a su utilidad.
- El proyecto de inversión para la obtención de certificaciones iniciales, entendido como la propuesta técnica elaborada para el cumplimiento de estándares establecidos en una normatividad o en conjunto de reglas específicas que permitan la competitividad de procesos y la participación en las cadenas de proveedurías local/regional, cuya finalidad sea obtener por primera vez el documento que lo certifique, emitido por un organismo público o privado competente.
Efectuado dicho análisis, el Comité de Evaluación emitirá la constancia de cumplimiento al contribuyente solicitante que acredite el cumplimiento de los requisitos, así como de los criterios y parámetros de elegibilidad establecidos en el Decreto y en los Lineamientos.
Nos encontramos a sus órdenes para cualquier asesoría legal relacionada con el Decreto y/o los Lineamientos objeto de este comunicado.
Fiscal y Comercio Exterior
Arturo J. Bañuelos / [email protected]
Edmundo Hernández / [email protected]
Natalia Aguilar / [email protected]
Alejandro Montes / [email protected]
Carlos Enríquez / [email protected]
David Fujii / [email protected]
Eduardo David / [email protected]
Felipe Mendoza / [email protected]
Fernando Holguín / [email protected]
Jaime Ogushi / [email protected]
Juan Carlos Partida / [email protected]
Salvador Garza / [email protected]
Franco Herrera / [email protected]
Gloria Domínguez / [email protected]
Alexa Araiza / [email protected]
Carlos Canseco / [email protected]
Claudio Vázquez / [email protected]
Luis Delgado / [email protected]
Miguel Torres / [email protected]
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