Estimados Clientes y Amigos:

En fecha 24 de marzo de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo por el que se establecían las medidas preventivas que se deberían implementar para la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), razón por la cual el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) había suspendido los plazos y términos legales hasta el 19 de abril de 2020.

En fecha 27 de marzo de 2020, se publicó en el DOF el acuerdo por el cual el IMPI suspendió, por causas de fuerza mayor, sus actividades hasta el 19 de abril del año en curso.

El pasado 31 de marzo, mediante el Acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, la Secretaría de Salud ordenó a los sectores público, social y privado la suspensión inmediata de las actividades no esenciales del 30 de marzo al 30 de abril de 2020.

El día de hoy se publicaron en el DOF los Acuerdos modificatorios a los arriba referidos de fecha 24 y 27 de marzo, respectivamente, para ampliar el plazo de suspensión de actividades del IMPI, así como la suspensión de los plazos y términos legales en el IMPI hasta el 30 de abril de 2020.

Dear Clients and Friends,

On March 24, 2020, an Agreement that established the preventive measures to be implemented for the mitigation and control of the health risks posed by the SARS-CoV2 virus (COVID-19) was published in the Official Gazette of the Federation (DOF, for its acronym in Spanish), which is why the Mexican Institute of Industrial Property (IMPI, for its acronym in Spanish) had suspended the legal deadlines and terms until April 19, 2020.

On March 27, 2020, another Agreement was published in the DOF by which the IMPI suspended, due to force majeure, its activities until April 19 of this year.

On March 31, through an Agreement that established extraordinary actions to address the health emergency generated by the SARS-CoV2 virus, the Ministry of Health ordered the public, social and private sectors to immediately suspend non-essential activities from March 30 to April 30, 2020.

Today, the Agreements to Modify the above-mentioned dated March 24 and 27, respectively, were published in the DOF to extend the period of suspension of activities of the IMPI, as well as the suspension of the legal terms and deadlines in the IMPI until April 30, 2020.

Es importante señalar que a partir del día de ayer 16 de abril de 2020,  el portal de servicios electrónicos del IMPI,https://eservicios.impi.gob.mx/seimpi/  está activo para recibir, pagar y firmar solicitudes de registros de marca, avisos y nombres comerciales, por lo que dichos servicios siguen disponibles. Lo hacemos de su conocimiento por si requieren llevemos a cabo el registro de dichos signos distintivos para sus negocios y empresas.

Asimismo, hacemos de su conocimiento que el Instituto Nacional del Derecho de Autor (INDAUTOR) igualmente ha ampliado el plazo de apertura hasta el día 30 de abril de 2020, lo que significa que sus oficinas permanecerán cerradas hasta esa fecha y no correrán plazos para la presentación de información o la renovación de derechos.

Finalmente les comentamos que en materia de Litigio, mientras el IMPI y el INDAUTOR permanecerán cerrados hasta el día 30 de abril de 2020, y por lo mismo no corren plazos y términos ante dichas autoridades, tanto la Sala Especializada en Propiedad Intelectual del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, como el Poder Judicial de la Federación (Juzgados de Distrito en Materias Civil y Administrativa y Tribunales Colegiados de Circuito en Materias Civil y Administrativa) han anunciado que permanecerán cerrados hasta el día 5 de mayo de 2020, por lo que no correrán plazos y términos en dichas materias mientras reabran sus oficinas.

Los mantendremos debidamente informados de cualquier otro cambio que se presente en la materia y quedamos a sus órdenes para atender cualquier pregunta o asesoría que necesiten en relación con las materias Propiedad Industrial e Intelectual.

Propiedad Intelectual

Gerardo Sánchez
[email protected]
Eduardo Cervera
[email protected]
Mariana Olascoaga
[email protected]

 

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CategoryCOVID-19